La administración de las construcciones escolares y universitarias en Francia

Es inseparable de la organización de la enseñanza que se basa en la distinción de tres niveles: primer grado, segundo grado y enseñanza superior. A estos niveles de enseñanza corresponden unos tipos determinados que conducen a tres niveles de responsabilidad característicos; El primer grado da lugar...

Full description

Bibliographic Details
Author: Duhamel, S.
Format: Article
Publication date:1974
Country:España
Institution:Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP)
Repository:Redined. Red de Información Educativa
OAI Identifier:oai:redined.educacion.gob.es:11162/71364
Online Access:http://hdl.handle.net/11162/71364
Access Level:Open access
Keyword:edificio escolar
universidad
mapa escolar
planificación
centralización
Francia
Description
Summary:Es inseparable de la organización de la enseñanza que se basa en la distinción de tres niveles: primer grado, segundo grado y enseñanza superior. A estos niveles de enseñanza corresponden unos tipos determinados que conducen a tres niveles de responsabilidad característicos; El primer grado da lugar a las construcciones de dimensiones limitadas que sirven una zona restringida, circunscrito a uno o como máximo dos o tres municipios. La responsabilidad es municipal; Los de segundo grado dan lugar son centros importantes de cuatrocientos a mil alumnos. Su coste es elevado y sirven a una región más amplia. Por ello, régimen de responsabilidad compartido por el Estado y los Municipios; En el grado superior los centros los centros se caracterizan por una capacidad de acogida mayor. El reclutamiento es regional y nacional. Su coste es elevado y son más complejos a nivel técnico. Así, son construcciones universitarias exclusivas del Estado y siguen un procedimiento muy centralizado. Para terminar como característica de los tres niveles cabe destacar: su planificación, las reglas institucionales son de orden jurídico y financiero, existe reparto de competencias entre administración central, las regiones, los departamentos y los municipios, la organización de la Administración central en materia constructiva y por último, los procedimientos administrativos aplicables a las inversiones escolares y universitarias.